Ley 29/1998 · Incidentes y defectos procesales: plazos y subsanación
Sobre este episodio
Repaso de las cuestiones incidentales y los defectos procesales en los artículos 137 y 138 de la Ley 29/1998. Se explican la pieza separada, la continuidad del curso de los autos, el plazo de 10 días desde el día siguiente a la notificación, la subsanación y la oposición al defecto alegado. Una guía para distinguir las trampas habituales de examen y comprender cuándo un defecto puede afectar al recurso.