Ley 3/2005 · Funciones y límites de la Comisión de Infancia
Sobre este episodio
Repaso del artículo 102 de la Ley 3/2005 y de la Comisión Permanente Sectorial para la Atención a la Infancia y la Adolescencia. Se aclaran su ubicación en el Consejo Vasco de Bienestar Social, su doble naturaleza participativa y consultiva, sus ámbitos prioritarios y la remisión reglamentaria sobre composición y funcionamiento. Una síntesis orientada a identificar las trampas habituales de examen sobre autonomía, competencias, prioridades y absolutismos.