GUÍA: Para la organización y el funcionamiento de los CONSEJOS TÉCNICOS PEDAGÓGICOS
Sobre este episodio
En el Estado de San Luis Potosí se resalta la importancia de los espacios colegiados en los procesos educativos, quedando plasmado en el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación (Periódico Oficial, 2002), en el Artículo 20 fracción II, establece los asuntos que serán competencia del Consejo Pedagógico Estatal, uno de ellos es: “Promover la integración y operación de los Consejos Técnicos Pedagógicos de escuela, zona, sector, nivel, región y municipio, conformándose para ello como órgano de consulta, orientación y apoyo en materia pedagógica” (p. 14). En referencia a lo anterior y con el fin de guiar su organización y funcionamiento en las siguientes secciones se describen, no sin antes mencionar que al igual que en el apartado II, se aclara el desfase de algunos términos, en cuanto se emitan nuevas disposiciones se sustituirá el contenido correspondiente, razón por la cual se difunde la presente versión de Guía de forma electrónica, y en cuanto tengamos actualizaciones del marco legal se analizará la pertinencia de ediciones impresas.