Rendición de cuentas
Sobre este episodio
Artículo 306. En campos con costa en los ríos y lagunas importantes, en caso de fraccionamiento, se deben ceder 150 m hacia dentro del campo al Estado.
Artículo 306. En campos con costa en los ríos y lagunas importantes, en caso de fraccionamiento, se deben ceder 150 m hacia dentro del campo al Estado.