Episodio No. 28, valor probatorio de las capturas de pantalla, III parte.
Sobre este episodio
En este episodio, el profesor Edgar Humberto Campos nos habla de dos (2) casos concretos, uno, resulto por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y el otro, la decisión tomada por la Sala de Casación Penal de esa misma corte, acerca del valoir prbatorio de las capturtas de pantalla. En cuanto al primer caso, se analizan las capturas de pantalla de publicaciones realizadas en el facebook ®, las cuales se usan como prueba para demostrar la notificación del auto admisorio de una demanda; en el segundo caso, la sala penal, estudia el recurso formulado por un defensor, quien pretende excluir como pruebas, mensajes de WhatsApp ® entre una abogada y su cliente. Puede consultar las providencias, en el micrositio de la Corte Suprema de Justicia https://cortesuprema.gov.co/ o digitando en su buscador, el número de cada providencia, así: STC16733 de 2022 (Sala Civil) AP3439 de 2024 (Sala Penal).