Un poco de derecho - 22 de febrero
Sobre este episodio
Hoy en el espacio "Un poco de derecho" hablamos de la cautela a la hora de vender una propiedad bien heredada de un tío o de un hermano o bien sin escritura. Cuando esto ocurre tenemos un periodo de cautela de dos años por si apareciera un heredero directo que pudiera reclamar la parte o el bien que le pudiera corresponder, esto no implica que no se pueda vender o pedir una hipoteca sobre este bien o propiedad pero es conveniente poner en antecedentes al futuro comprador o asesorarse de cara al banco para evitar problemas antes de que puedan ocurrir.