37. Pluralidad de partes o litisconsorcio en la LEC
Sobre este episodio
La píldora que centra el contenido de hoy va sobre un aspecto procesal muy importante, como es la posibilidad de que se dé la pluralidad de partes, o lo que es lo mismo, el litisconsorcio. Te comento cuándo se da el litisconsorcio activo, pasivo, o mixto, así como también cuándo hablamos de litisconsorcio voluntario o necesario. Incluye este episodio una novedad legislativa muy reciente, en vigor desde el pasado 14 de julio de 2022, a raíz de la publicación de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación (OJO !!! novedad legislativa para el turno libre, no para la promoción interna dado que su convocatoria se publicó en marzo y por lo tanto no le afecta). Y ya sabes, si quieres recibir información-noticias-tips de estas oposiciones, rellena el mini mini formulario que te dejo enlazado un poquito más abajo. Te llevará menos de un minuto rellenarlo, de veras, y yo te lo agradezco infinito. Nada, te pregunto tu nombre, provincia desde la que me escuchas, tu dirección de correo electrónico, el cuerpo al que te presentas y si me autorizas o no a que te envíe de tanto en tanto, como te he dicho, información-noticias-tips de estas oposiciones. A cambio, al enviar el formulario te llegarán 2 PDF con un histórico sobre las notas de corte de los últimos años en los cuerpos de Auxilio y Tramitación. Éste es el formulario: Formulario podcast Oposito a Justicia En fin, GRACIAS por concederme estos minutos de tu tiempo y no lo olvides, este podcast tiene sentido porque estás ahí. Nuevo episodio el próximo JUEVES, hasta entonces, cuídate mucho, por favor. Aaaadios.