431. Artículo 26 LEC deberes del procurador
Sobre este episodio
En este episodio de Oposito a Justicia ponemos el foco en el artículo 26 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, dedicado a la aceptación del poder por el procurador y a los deberes que asume desde ese momento. Oiremos cuándo se presume aceptado el poder, qué obligaciones tiene el procurador respecto del asunto, del poderdante, del abogado y del tribunal, y cómo actúa como figura clave en la comunicación y el impulso del proceso. Además, destacamos la novedad introducida por la LO 1/2025, relativa a determinadas actuaciones de ejecución que pueden realizarse cuando lo solicita la persona representada y existe delegación expresa del órgano judicial. Un episodio de procesal civil explicado de forma sencilla para opositores a Justicia. Más contenido exclusivo, videos, audios, esquemas y exámenes reales en la web opojusmrs.com Gracias por estar al otro lado del micro, gracias infinitas por suscribirte a la web, y no lo olvides, este podcast tiene sentido porque estás ahí. Nos escuchamos el próximo LUNES, hasta entonces, cuídate mucho. Aaaadios.