455. Artículo 525 LEC y las sentencias que no pueden ejecutarse provisionalmente
Sobre este episodio
En este episodio te explico de forma sencilla y directa el artículo 525 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, dedicado a las sentencias que no pueden ejecutarse provisionalmente. Damos un repaso por las sentencias sobre paternidad, maternidad, filiación, nulidad matrimonial, separación, divorcio, capacidad, estado civil, sustracción internacional de menores y derechos honoríficos, junto con la excepción relativa a los pronunciamientos patrimoniales. También te explico qué ocurre con las sentencias que condenan a emitir una declaración de voluntad, las que declaran la nulidad o caducidad de títulos de propiedad industrial, las sentencias extranjeras no firmes y los pronunciamientos indemnizatorios por vulneración del honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen. Un artículo especialmente importante para examen, porque la LEC recoge el listado en negativo, pero las preguntas reales pueden obligarte a identificar en positivo qué sentencia sí puede ejecutarse provisionalmente. Y si quieres apuntarte al Opoboletín de Manuela, el correo de los miércoles con contenido útil relacionado con las oposiciones, y además tener acceso gratuito a 4 recursos de muestra de la web, puedes apuntarte en opojusmrs.com/opoboletin . Gracias por estar al otro lado del micro, gracias infinitas por suscribirte a la web, y no lo olvides, este podcast tiene sentido porque estás ahí. Nos escuchamos el próximo LUNES, hasta entonces, cuídate mucho. Aaaadios.