El Derecho medieval en Aragón, Navarra, Cataluña, Mallorca y Valencia
Sobre este episodio
En este episodio estudiamos la evolución del Derecho medieval en algunos de los territorios con mayor personalidad jurídica de la Península: Aragón, Navarra, Cataluña, Mallorca y Valencia. Comenzaremos por Aragón, donde el Derecho se formó a partir de costumbres, fueros y prácticas propias de la repoblación. Analizaremos el Fuero de Jaca, concedido por Sancho Ramírez en 1063, y su enorme influencia como modelo jurídico para otras localidades. A partir de ahí, veremos la formación de los Fueros de Aragón y el papel del Código de Huesca de 1247, impulsado por Jaime I, en un contexto de tensiones entre la monarquía, la nobleza y la influencia del Derecho Común. ⚖️ Continuaremos con Navarra, un reino que conservó una fuerte tradición jurídica local. Estudiaremos fueros como los de Estella, Tudela, Viguera, Val de Funes y la Novenera, hasta llegar al Fuero General de Navarra, texto clave que refleja una concepción pactista del poder, donde las leyes aparecen como anteriores y superiores al propio rey. 🏛️ En la parte dedicada a Cataluña, analizaremos la continuidad del Liber Iudiciorum, la influencia de los capitulares francos, la repoblación mediante aprisio, las cartas pueblas y el nacimiento de un Derecho catalán propio. Veremos la importancia de los Usatges, las Costumas de Cataluña y las Conmemoracions de Pere Albert, así como el papel de las Cortes y del pactismo catalán en la creación del Derecho. 📜 Después abordaremos el caso de Mallorca, donde la conquista por Jaime I y la Carta de Población de 1230 dieron lugar a un sistema jurídico muy influido por el Derecho catalán y el Derecho Común. Veremos su orden de prelación de fuentes y la importancia de los privilegios locales. Por último, estudiaremos Valencia, territorio de incorporación tardía, donde las cartas pueblas, la Costum y los Furs configuraron un Derecho propio. Analizaremos cómo los Furs se transformaron en derecho paccionado y cómo el Derecho Común penetró a través del sentido natural, la equidad y la práctica jurídica. 🎓 Este episodio permite comprender que la España medieval no tuvo un único Derecho, sino una pluralidad de ordenamientos territoriales, cada uno con su propia historia, instituciones y forma de relación entre rey, cortes, costumbre y comunidad. 📘 Material complementario para estudiantes de Historia del Derecho Español de la UNED. Contenido educativo no oficial.