¿CONTROL DE LEGALIDAD DE LA EJECUCIÓN DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN O INCIDENTE DE INDEBIDA CONDUCCIÓN DEL IMPUTADO A PROCESO PENAL POR VICIOS EN LA EJECUCIÓN DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN?
Sobre este episodio
Blog: https://abogadocientifico.com.mx/2024/06/13/control-de-legalidad-de-la-ejecucion-de-la-orden-de-aprehension-o-incidente-de-indebida-conduccion-del-imputado-a-proceso-penal-por-vicios-en-la-ejecucion-de-la-orden-de-aprehension-pt1/ Vamos a tratar el tema, mismo que puedes leer en el título y que lógicamente formulado en forma de dilema disyuntivo. La base fáctica del mismo es cuando existe un error o confusión en la identidad del detenido. Así pues, para resolver tal problema y plantearte una vía práctica argumentaré que si se realiza el estudio de la ejecución de la orden de aprehensión al inicio o antes del inicio del acto procedimental de formulación de imputación, entonces se realiza un acto equivalente a un control de legalidad de la detención por orden de aprehensión, lo cual jurisprudencialmente no está permitido. En cambio, tiene que plantearse una incidencia de indebida conducción del imputado a proceso penal por vicios en la ejecución de la orden de aprehensión, por lo que tal acto procedimental es procedente en cualquier momento de la audiencia inicial una vez iniciada la misma.